distribuidor epis

La protección de los trabajadores es algo primordial para poder desarrollar cualquier tipo de actividad, y los distribuidores de los equipos EPIs son fundamentales en este sentido. Y es que, es importante que el distribuidor tenga los conocimientos básicos sobre las propiedades, características y requerimientos de cada EPI que distribuye.

En este sentido, te queremos hablar de los principales aspectos que deberá tener en cuenta el distribuidor si quiere cumplir con las obligaciones recogidas en el Reglamento (UE) 2016/425.

Todos los productos que distribuye serán seguros

Esto es un aspecto clave y esencial, y es que, la primera y principal responsabilidad del distribuidor es poner a la venta productos seguros. En este sentido, si tiene dudas sobre la seguridad de algún producto, deberá informar al fabricante, al importador y a las autoridades de vigilancia de mercado para que tomen las medidas adecuadas y eviten poner en peligro la salud y vida de los trabajadores.

Deberá tener un conocimiento básico de los EPIs

Una de sus obligaciones es actuar con la debida diligencia en relación con los requisitos que el Reglamento (UE) 2016/425 define para los EPI y para los distribuidores. Así, actuará con precaución y prudencia para ser capaces de detectar los EPI que sean claramente no conformes con los requisitos del Reglamento. Por ello, es tan importante que el distribuidor tenga conocimientos básicos relativos a los EPI, como por ejemplo: saber qué tipo de productos deben llevar el marcado CE; asegurarse de que el fabricante y/o el importador se hayan identificado en el EPI; saber qué documentación se debe entregar con el EPI, y las condiciones en las que ésta debe reunir.

Un dato importante, es que entre las obligaciones del distribuidor no está el saber si un EPI ya puesto en el mercado está de acuerdo con la normativa actualmente vigente, ya que en caso de que haya cambiado, sus obligaciones solo hacen referencia a la legislación del momento de la puesta en el mercado del EPI.

Deberá colaborar con las autoridades

El Reglamento también determina que cualquier agente económico (fabricante, importador, distribuidor, y representante autorizado) deberá colaborar con las autoridades de vigilancia de mercado para identificar los agentes económicos a los que hayan suministrado un EPI o a sus proveedores durante un periodo de 10 años. Es por ello que las autoridades pueden solicitar las facturas comerciales para llegar al origen del EPI, por lo que se recomienda conservar las facturas más allá del periodo exigible contablemente a fin de poder cumplir con los requisitos de trazabilidad.

Es importante tener en cuenta el Reglamento EPI no obliga a los distribuidores a llevar un control de los EPI que suministró a la empresa o particular que hará uso final del EPI, ya que los usuarios finales del EPI no son agentes económicos.

En Tocarama somos fabricantes de equipos de protección individual para los sectores forestal y medioambiental, por lo que estamos comprometidos en un proceso de mejora continua, y nos esforzamos en conseguir meta tras meta para alcanzar el objetivo final que es la satisfacción de nuestros clientes.

Siempre hemos estado en la cima de la innovación tecnológica en el campo de la fabricación de equipos de protección, adoptando siempre los últimos avances en maquinaria y mejora de procesos productivos para ofrecer siempre a nuestros clientes productos de vanguardia en tecnología y diseño:

  • Pioneros en España en fabricar y comercializar EPIs acordes con el clima y el medio de las diferentes comunidades autónomas.
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  • Primeros en ensayar y adecuar los EPIs a los diferentes trabajos del sector forestal nacional.

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